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Preguntas frecuentes

Encuentre las respuestas a las preguntas más frecuentes sobre donaciones, fiscalidad y nuestros servicios de acompañamiento.

Una donación es un acto por el cual una persona (el donante) transfiere en vida la propiedad de un bien a otra persona (el donatario), sin contrapartida. Puede recaer sobre bienes inmuebles, dinero, acciones, etc. La donación debe ser formalizada por un notario para ser válida y oponible a terceros.
Las donaciones se benefician de reducciones fiscales (100 000 € por padre y por hijo cada 15 años para donaciones en dinero o bienes). Además, los derechos de donación suelen ser más bajos que los derechos de sucesión. Un notario puede asesorarle para optimizar la fiscalidad.
Sí, completamente. Incluso es recomendable organizar la sucesión y las donaciones cuando aún se está en condiciones de hacerlo. El notario puede desplazarse a su domicilio u hospital si es necesario. Velará por que se respeten sus voluntades y que las donaciones sean válidas.
Nuestro despacho dispone de una red de donantes y beneficiarios. Podemos ponerle en contacto si su perfil coincide con una donación en curso. Consulte nuestra página Donaciones disponibles para ver ejemplos. También puede encargarnos su búsqueda.
Sí, le acompañamos en la búsqueda de financiación: préstamos bancarios, ayudas públicas, préstamos de honor, etc. Le ayudamos a preparar un expediente sólido y a contactar con los socios adecuados. Concierte una cita para un primer análisis gratuito.
La donación se realiza en vida del donante, mientras que la sucesión se abre al fallecimiento. La donación permite anticipar la transmisión, beneficiarse de reducciones renovables y reducir los derechos de sucesión. También puede ayudar a un ser querido de forma inmediata.
En general, sí — una vez aceptada, la donación es irrevocable. Sin embargo, existen donaciones con condiciones (donación con reserva de usufructo, donación-partición, etc.) que permiten al donante conservar ciertos derechos. El notario le explicará las diferentes posibilidades.
La primera consulta de orientación suele ser gratuita en nuestro despacho. Luego, los honorarios por la redacción de una escritura de donación están regulados y dependen del valor de los bienes. Le proporcionamos un presupuesto detallado antes de cualquier intervención.
Sí, y además es fiscalmente ventajoso. Las donaciones a asociaciones reconocidas de utilidad pública dan derecho a una reducción de impuestos (hasta el 66 % o 75 % según los casos). Podemos asesorarle sobre las modalidades y las entidades elegibles.
Puede llamarnos al 04 78 00 00 00 o rellenar el formulario de contacto. Le responderemos en 24 horas para acordar una cita (presencial o por videollamada).
Cada abuelo puede donar hasta 31 865 € por nieto cada 15 años sin derechos de donación. Esta reducción se suma a las que puedan utilizar los padres. Una combinación de reducciones permite a menudo transmitir sin fiscalidad.
La donación inmobiliaria requiere una escritura notarial. El notario calcula los posibles derechos, verifica la situación del bien y registra la escritura en la publicidad inmobiliaria. También le asesora sobre las opciones (donación-partición, desmembramiento de propiedad).

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